Las entidades públicas no podrán contratar personal bajo la modalidad de locación de servicios para actividades de naturaleza subordinada y permanente, en caso contrario se aplicarán sanciones administrativas, judiciales y penales.
Así lo establece el proyecto de Ley aprobado hoy por amplia mayoría por el Pleno del Congreso, documento en el que establece el marco legal de la presente norma.
El presidente de la Comisión de Trabajo, Daniel Oseda, al sustentar la iniciativa, precisó que las empresas estatales tendrán un plazo de un año para adecuarse a lo establecido en la ley.
El parlamentario dijo que con la aprobación de esta norma se termina con un régimen que atenta contra los derechos laborales de cerca de 150 mil servidores públicos.
La norma tiene por objeto prohibir a las entidades públicas la contratación de personal mediante la modalidad de locación de servicios con la finalidad de evitar la desnaturalización de la relación laboral y para garantizar el derecho de los trabajadores en todas las entidades del sector público.
El parlamentario Rolando Ruiz Pinedo (AP) consideró que este régimen de locación de servicios es más abusivo que el CAS, porque el empleado no recibe ningún beneficio, no tiene vacaciones ni aguinaldo ni seguro de salud.
15/04/2021